• Distintos tipos de permiso residencia

        El permiso solo para residir se puede obtener de las siguientes formas:

       1º.- Por ser familiar de español o de ciudadano de la union  europea, en este tipo a su vez, se distingue:

             a.- Ascendientes, descientes o conyuge de ciudadano español.

             b.- Ascendientes, descientes o conyuges de ciudadanos de la unión europea.

     

      2º.- Por reunir una serie de requisitos, y se aplica a los extranjeros que no se encuendran  dentro de los anteriores tipos.

     

       La forma más facil, es la primera, ya que solo se debe acreditar el parentesco con el ciudadano español o ciudadano comunitario, y es suficiente, no es necesario, aportar contrato de trabajo, ya que en este caso, es permiso residencia, y el ciudadano que obtiene este permiso puede trabajar o no, y si trabajo lo puede hacer por cuenta ajena o por cuenta propia.

       También pueden solicitar esta tarjeta si no se esta casado con español o comunitario, pero si se han inscrito como parejas de hecho, en ambos casos, esten casados, o sean parejas de hecho, las inscripciones deben tener un mínimo de 3 meses de antigüedad.

        A través de este procedimiento, pueden solicitar este permiso residencia los familiares de los conyuges de español o comunitario, y también los familiares de la pareja de hecho de español o ciudadano comunitario.

       Todos los documentos que se presenten con el fin de acreditar los distintos parentescos deben estar traducidos y legalizados, salvo los españoles.

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