• Permiso de residencia

     

     

    Permiso de residencia.

    En Martínez-Echevarría, Pérez y Ferrero Abogados contamos con un amplio grupo de profesionales jurídicos distribuídos en diversas sedes -nacionales e internacionales-  propias en Europa, África y América.

    Más de 120 profesionales,  con un alto nivel de especialización. Nuestras señas de identidad se configuran en torno a:

        Un asesoramiento multidisciplinar
        Red Internacional
        Orientación al éxito de los clientes

    En esta web hemos tratado de esclarecer aquellas dudas genéricas que puedan surgirle, sin embargo, si necesita aclaraciones particulares sobre su caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Materias tratadas en esta página:

    1. Permiso de residencia
    2. Obtención del permiso de residencia.
    3. Denegación del permiso de residencia.
    4. Renovación del permiso de residencia.
    5. Recursos administrativos: Recurso de alzada, de reposición.
    6. Permiso de residencia temporal.
    7. Permiso de residencia permanente.
    8. Permiso de residencia por circunstancias excepcionales: Regrupación familiar.
    9. Permiso de residencia de hijos de extranjeros nacidos en España.

    En Martínez-Echevarría, Pérez y Ferrero Abogados contamos con una amplia experiencia jurídica, amparada por la obtención de reiteradas sentencias favorables en materia de derecho de extranjería. Facilitamos la obtención del permiso de residencia temporal y permanente, asesoramos jurídicamente en el caso de denegación del permiso y presentamos los recursos necesarios ante la administración . El asesoramiento jurídico de calidad y la dedicación plena a su caso, le garantizará siempre y en todo caso, la solución más eficiente. No dude en ponerse en contacto con nosotros, será un placer ayudarle.

    Contacto:


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    Martínez-Echevarría Pérez y Ferrero abogados

     

     

     

     

    Martínez-Echevarría Pérez y Ferrero abogados

    Martínez-Echevarría Abogados, máxima calidad con el mínimo coste

    Martínez-Echevarría Abogados es una de las principales firmas legales españolas. Cubre todas las áreas del Derecho de importancia para empresarios y particulares de una forma híper especializada: cada área está liderada por un catedrático universitario de la materia, magistrados o fiscales en excedencia, o abogados del Estado también régimen de excedencia. De esta forma nos aseguramos que en cada asunto planteado la respuesta ofrecida por nuestro Despacho responde a los más altos estándares de calidad, se basa en las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales, y ha sido realizada por máximos especialistas.

    El concepto de Despacho multidisciplinar también aporta múltiples valores a la llevanza de asuntos. La mayoría de los casos afectan a más de un área del Despacho, por lo que es necesaria una respuesta coordinada de más de un departamento que permite una mayor calidad en la respuesta, más rápida, y con menor coste económico.

    Nuestro sistema de trabajo nos permite atender asuntos en toda España sin ningún aumento de coste, siendo éste un punto principal y definitorio en nuestra empresa: máxima calidad con el mínimo coste.

    Consulte su caso con nosotros sin compromiso. Gratuitamente le haremos un presupuesto y un estudio de viabilidad de su asunto y posibilidades de éxito.  

     

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    Contacto y Localización

     

     

     

    Tiene varias formas de contactar con nosotros:

    - Reciba una respuesta gratuita a su consulta en un plazo de 24 horas. Ponemos a nuestros profesionales a su entera disposición, llámenos al número de teléfono GRATUÍTO:

                        900 100 039

    - Déjenos sus datos en el formulario habilitado a la izquierda de nuestra página (Nombre, Número de teléfono, email), formule su consulta y nos pondremos rápidamente en contacto con usted para atenderle o bien escríbanos directamente a nuestro correo electrónico consultas@martinezechevarria.com



    - Asimismo, en Martínez Echevarría Pérez y Ferrero Abogados disponemos de una amplia red de oficinas a nivel nacional como Internacional adonde podrá usted visitarnos sin compromiso y solicitar nuestros servicios de asesoramiento y defensa Jurídica.






    Oficinas nacionales:

    MADRID

     
     Velázquez, 14 4ª Planta
    28001 Madrid
    Tel.: +34 902 021 026



    MARBELLA


     Centro de Negocios Puerta de Banús Bloque D, 1ºC.N. 340, Km. 17529660
    Nueva Andalucía,Marbella, Málaga
    Tel.: +34 952 765 000
    Fax: +34 952 764 476



    ALICANTE


    Joaquin Chapapietra,nº 2, 2º, 1
    03181 – Torrevieja,Alicante
    Tel.: +34  965  718  454
    Fax: +34  965  711  187



    ALMERIA


    Paseo de Almería  nº 45, 3ª planta
    04001(Almería)
    Tel.: +34 950 268 438
    Fax: +34 950 261 398
     


    FUENGIROLA MALAGA


    Calle España nº 1, Edif. Buendía I, 1ª planta29640 – Fuengirola, Málaga
    Tel.:+34 952 199 111
    Fax: +34 952 460 612
     


    MALAGA


    Edif. Galia Center, Of. 6-8
    Parque Empresarial y de Ocio Málaga
    Nostrum, 29004 Málaga
    Tel.: +34 952 240 056
    Fax: +34 952 234 396



    CORDOBA


    Plaza de las Tendillas, 5, 5ª planta
    14002 Córdoba
    Tel.: +34 957 486 161
    Fax: +34 957 472 540



    GRANADA


    Edificio Forum de los Negocios, 5ª Planta
    José Luís Pérez Pujadas s/n
    18006 Granada
    Tel.: +34 958 272 727
     


    BENALMADENA


    Lanzarote, 2 – 1ª planta letra D
    Edif. Lorca - Arroyo de la Miel
    29631 Benalmádena (Málaga)
    Tel.: +34 952 899 596


    Oficinas Internacionales

    LONDRES (REINO UNIDO)


    Martínez-Echevarría, Pérez y Ferrero, UK



    NIZA (FRANCIA)


    455, Promenade des Anglais, Arenas, IMM. Arenice3ème étage, Bureau 78,  06299 – NiceCedex 3
    Tel.: +33 493 834 740
    Fax: +33 493 834 763



    SOFIA (BULGARIA)     


          Moskovska 17, 3rd floor1000 – Sofia
    Tel.: +35 924 019 510
    Fax: +35 924 019 511



     BOURGAS (BULGARIA)


    Han krum, 6
      8000 – Bourgas
    Tel.:+35 956 859 444
    Fax: +35 956 824 244



     BRASIL


    Máximum flat
    Rua Vereador Manoel Sátiro, 248 – Ponta NegraCEP 59090 – 180 Natal RN
    Tel.: +55 584 940 141 54



    BUCUREST (RUMANIA)

    12A Docentilor Street, Unit 5, District 1       
            011403  Bucharest
    Tel.: +40 212 300 432
    Tel.: +40 728 452 059
    Tel.: +40 729 955 847
    Fax: +40 212 300 434



    BODRUM (TURQUIA)

             Yüksel Çaglar, Is Merkezi, 13
    Bodrum
    Tel.: +90 252 316 1595
    Fax: +90 252 316 3680



    TANGER (MARRUECOS)

    Rue Mansour Dahbi Imm, 29Appt nº6
            Tánger       
    Tel.:  +34 952 765 000
    Fax: +34 952 764 476


    VILAMOURA (PORTUGAL)

    Edificio VilamarinaLOJA 498125-436 VILAMOURAQUARTEIRA
    (Portugal)
    Tel.:+ 35 1 918 294 999



    LISBOA (PORTUGAL)


             Rua Victor Cordon, 37 - 5° D
            1200-482 
    Lisboa (Portugal)
    Tel.: +35 1 21 893 7 140
    Fax: +35 1 21 893 7 149



    HURGHADA (EGYPTO)


    C/ Orbit Group (Red Sea Resort)
    9 Sheraton St. Hurghada        
            Tel.: +20 1035 61 650



    ESTAMBUL (TURQUIA)

    Büyükdere Caddesi, 
    Maya Akar Center 100-102 C Swiss Offices.
    Istanbul
    Tel.: +90 212 318 90 60
    Fax: +90 212 211 98 24



    BELGRADO (SERBIA)

    Bulevar Mihajla Pupina nº 6, Planta 24.Ušce 11070. Belgrado. Serbia.
    Tel.: + 381 617 203999
    Fax: + 381 113 129823

     

     

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    Sentencia fallando decretar la suspensión de la sálida de España del extranjero

     

     

             El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estima el recurso de apelación interpuesto contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid, por el que se denegó la medida cautelar de suspensión de la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, por la cual se decretó la expulsión del recurrente del territorio nacional. La Sala concede la suspensión solicitada teniendo en cuenta que el apelante tiene dos hijas menores de edad, que la madre de las niñas ha disfrutado de permiso de residencia temporal por arraigo con autorización para trabajar, y que aun cuando no consta una prueba plena de convivencia con sus hijas o bien de que contribuya a su sustento, no se puede presumir que así no se produzca y que el actor no contribuya a su manutención, por lo que encontrándonos en esta fase de justicia cautelar, debe primar la posibilidad de que se cause un daño de difícil o imposible reparación en la valoración de tales circunstancias frente al dato negativo referente a las numerosas ocasiones en las que el actor y apelante ha sido detenido, según se afirma en la resolución de expulsión pues no consta tampoco si las catorce detenciones han originado procedimiento penal por delito y, en su caso, el resultado del correspondiente juicio oral.

     

          Expresa la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio del año 2002 que "la razón de ser de la justicia cautelar, en el proceso en general, se encuentra en la necesidad de evitar que el lapso de tiempo que transcurre hasta que recae un pronunciamiento judicial firme suponga la pérdida de la finalidad del proceso. Con las medidas cautelares se trata de asegurar la eficacia de la resolución que ponga fin al proceso o, como dice expresivamente el artículo 129 de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa  "asegurar la efectividad de la sentencia". Por ello el periculum in mora forma parte de la esencia de la medida cautelar y el art. 130 LJCA especifica como uno de los supuestos en que procede la adopción de ésta aquél en que "la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso". En definitiva, con la medida cautelar se intenta asegurar que la futura sentencia pueda llevarse a la práctica de modo útil.

     

     

     

     

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